Denominación | Potestades | Fuente Legal | Enlace |
Potestades, competencias, responsabilidades, funciones, atribuciones y/o tareas | Ejercer la administración local de la Comuna, satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económino, social y cultural de la comuna | Art. 1 Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones Privativas | Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya aplicación deberá armonizar con los planes regionales y nacionales | Art. 3, letra a), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones Privativas | La planificación y regulación de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de acuerdo con las normas legales vigentes | Art. 3, letra b), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Funciones Privativas | La promoción del desarrollo comunitario; | Art. 3, letra c), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones Privativas | Aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización, en la forma que determinen las leyes, sujetándose a las normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo, y | Art. 3, letra e), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones Privativas | Aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito público, dentro de la comuna, en la forma que determinen las leyes y las normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo | Art. 3, letra d), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones Privativas | El aseo y ornato de la comuna. | Art. 3, letra f), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | La educación y la cultura | Art. 4, letra a), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | La salud pública y la protección del medio ambiente | Art.4, letra b) Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades.) | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | La asistencia social y jurídica | Art. 4, letra c), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo | Art.4, letra d) Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades.) | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | El turismo, el deporte y la recreación | Art. 4, letra e), Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades.) | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | La urbanización y la vialidad urbana y rural | Art.4, letra f) Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades.) | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | La construcción de viviendas e infraestructuras sanitarias | Art. 4, letra g) Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades. | Enlace |
Funciones facultativas a desarrollar en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la administración del Estado | El transporte y tránsito públicos | Art.4, letra h) Ley 18.695; Orgánica Constitucional de Municipalidades.) | Enlace |
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