Las actas del concejo se harán públicas una vez aprobadas, y contendrán, a lo
menos, la asistencia a la sesión, los acuerdos adoptados en ella y
la forma como fueron votadas.
La publicación se hará mediante los sistemas electrónicos o digitales que
disponga la municipalidad. |
2012-2016 |
Art. N° 84, parrafo 5°,
Ley 18.695. |
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